Micelio
Auto1 de octubre de 2025

A- de 2025

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Rodriguez Gutierrez Maria Elva·Demandado Coviandes Sa

Tema · dato duro
Demanda De Responsabilidad Civil Extracontractual Instaurada Por Particular En Contra De Concesionaria Vial, Derivada De Los Perjuicios Estructurales Causados A Su Bien Inmueble Como Consecuencia De Las Obras De Construcción De La Doble Calzada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Conflictos sobre responsabilidad civil extracontractual
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 006 Civil del Circuito de Villavicencio y el Juzgado 032 Administrativo del Circuito de Bogotá, originado por una demanda de responsabilidad civil extracontractual instaurada por una ciudadana, en contra de la Concesionaria Vial de los Andes (Coviandes), por causa de los daños estructurales que sufrió su inmueble, ubicado en la vereda Primavera del municipio de Guayabetal (Cundinamarca) consecuencia de las obras de construcción de la doble calzada Villavicencio-Bogotá D.C., adelantadas por la demandada.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que la demanda se dirige en contra de una empresa privada responsable de la ejecución de un contrato de concesión.

En este caso, la accionante planteó que el daño que sufrió es imputable a la acción u omisión de la sociedad demandada, que es un particular, y que dicha conducta podría dar lugar a la responsabilidad por fuera de un vínculo contractual previo.

Del análisis de los elementos obrantes en el expediente se descarta que la demandante haya atribuido a la demandada la realización de funciones administrativas.

Por lo anterior, resulta aplicable la regla de decisión del Auto 633/22 según la cual, en aplicación de la cláusula residual de competencia de que trata el artículo 15 del Código General del Proceso, la Jurisdicción Ordinaria es la competente para conocer las demandas de responsabilidad extracontractual en contra de una empresa privada responsable de la ejecución de un contrato de concesión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicción entre el Juzgado 006 Civil del Circuito de Villavicencio y el Juzgado 032 Administrativo del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 006 Civil del Circuito de Villavicencio es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por la señora María Elva Rodríguez Gutiérrez en contra de la Concesionaria Vial de los Andes (Coviandes).
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-7036 al Juzgado 006 Civil del Circuito de Villavicencio para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado 032 Administrativo del Circuito de Bogotá.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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